TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 198/85 ------------------------------ ARTICULO 1.- Exímase a partir de la fecha de promulgación de la presente, ------------ el patentamiento, registro, transferencia o baja municipal - de vehículos automotores menores cuya potencia no exceda de cincuenta (50) centímetros cúbicos de cilindrada.---------------------------------------- ARTICULO 2.- Los rodados registrados que se encuentren en las circunstan- ------------ cias del artículo anterior, serán automáticamente dados de - baja sin ninguna otra sustanciación, archivándose sus respectivos legajos. ARTICULO 3.- Exímase de la obligación de llevar casco protector reglamen- ------------ tario a quienes circularen en los rodados indicados en el ar tículo Primero, a partir de la fecha.------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los vein- titrés días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cinco. FIRMA- MADO: Alberto J.B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO. ORDENANZA N§ 198/85.- ---------------------